El procedimiento especial sancionador (PES) es el recurso procesal mediante el cual el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato atiende y da seguimiento a las quejas y denuncias presentadas por violencia política contra las mujeres en razón de género. El PES es resuelto por el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato.
http://transparencia.teegto.org.mx/resolucion2021/sancion/sancion.html
Por la presunta violencia política en razón de género cometida en perjuicio dela entonces presidenta municipal de Xichú
Por presuntos actos que a su consideración constituyen violencia política en razón de género en su contra
Por diversas expresiones que realizó durante el desarrollo de la sesión del segundo periodo extraordinario de sesiones correspondiente al tercer año de ejercicio constitucional de la Sexagésima Cuarta Legislatura, pues a su consideración el denunciado excedió los límites de la discusión expresándose hacia la denunciante con violencia política en razón de género
Por presuntos hechos que a consideración de las denunciantes pudieran constituir violencia política contra la mujer en razón de género
Por presunta violencia política en razón de género ejercida en su contra desde la página de la red social de Facebook “La Grilla del Grillo”
Por presunta violencia política contra las mujeres en razón de género.
Por presunta violencia política en razón de género contra las mujeres, en contra de la denunciante.
Resuelto como violencia política contra las mujeres en razón de género
Conducta: Expresiones en notas periodísticas con una fuerte crítica a la víctima respecto de su labor como servidora pública, negando su habilidad para la política haciendo referencia que sólo tiene capacidad de avanzar mediante la intervención de un hombre.
Sanción: Ninguna
Calidad del sujeto infractor: Periódico
Por supuestos actos que a su consideración constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género.
Por presunta violencia política contra las mujeres en razón de género.
Resuelto como violencia política contra las mujeres en razón de género
Conducta: Suspensión de pagos a la víctima por registrarse como candidata a diputada federal
Sanción: Amonestación pública
Calidad del sujeto infractor: Partido político; Presidente del Comité Ejecutivo Estatal
Por presunta violencia política contra las mujeres en razón de género.
Por presuntos actos que a su consideración constituyen violencia política en razón de género.
Por presuntos actos de violencia política contra las mujeres en razón de género cometidos en su agravio.
Por presuntos hechos constitutivos de violencia política en razón de género contra las mujeres durante el proceso electoral local 2020-2021
Por las presuntas conductas que a consideración de la denunciante constituyen violencia política en razón de género en su contra.
Procedimiento especial sancionador por presunta violencia política
Por la presunta comisión de la divulgación de propaganda con enfoque de violencia política de género en perjuicio de la denunciante.
Por la presunta violencia política en razón de género ejercida en su contra por el denunciado.
Por la presunta violencia política de género cometida hacia su persona.
Por presunta violencia política contra la mujer en razón de género.
Resuelto como violencia política contra las mujeres en razón de género
Conducta: Realización de comentarios estereotipados a través de la red social Facebook que menoscaban la dignidad de la víctima
Sanción: Amonestación pública
Calidad del sujeto infractor: Medio informativo
Por la presunta violencia política en razón de género hacia su persona.
Resuelto como violencia política contra las mujeres en razón de género
Conducta: Columna de opinión cuyo contenido está dirigido a denigrar e invisibilizar las funciones inherentes al cargo público que desempeña la víctima, derivado del uso de frases estereotipadas que subordinan a las mujeres
Sanción: Ninguna
Calidad del sujeto infractor: Periódico
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano por presuntos actos de violencia política en razón de género
Resuelto como violencia política contra las mujeres en razón de género
Conducta: Realización de comentarios estereotipados a través de la red social Facebook que menoscaban la dignidad de la víctima
Sanción: 8 días de suspensión sin goce de sueldo
Calidad del sujeto infractor: Autoridad
Por presunta violencia política en contra de la mujer por razón de género.
¿Sabías que...?
El Procedimiento Especial Sancionador es el recurso procesal mediante el cual el IEEG atiende y da seguimiento a las quejas y denuncias presentadas por violencia política contra las mujeres en razón de género, y que son resueltos por el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato.
Consulta el resumen del expediente TEEG-PES-06/2021 en https://drive.google.com/file/d/1SNqbMbUjCgDfJ8cLr-
El 29 de junio de 2020, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dentro del expediente SUP-REC-91/2020 y acumulado ordenó al INE crear una lista pública de todas las personas sancionadas por ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género, como una herramienta que contribuya de manera adecuada y eficaz a la erradicación de la violencia política contra la mujer.
Las personas que hayan sido sancionadas por conductas que constituyan violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante resolución o sentencia firme o ejecutoriada que ya no admita recurso en contra, emitidas por las autoridades administrativas, jurisdiccionales y penales tanto federales y locales, quedarán incluidas en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, el cual es del conocimiento público en la página: